En los últimos meses hemos venido asistiendo a toda una serie de acontecimientos relacionados con la gestión y funcionamiento de las Federaciones Deportivas de Socorrismo, y particularmente de la Federación Andaluza de Salvamento y Socorrismo (FASS), que afectan tanto a los aspectos organizativos y de gestión, como a los deportivos y a la formación de Socorristas Profesionales. Asimismo, FASS se ha visto envuelta en varias reclamaciones judiciales promovidas por empresas privadas que alegaban diversas irregularidades y defectos graves en las informaciones y publicidad de los Cursos de formación de Socorrismo Profesional así como también respecto a los procesos de “homologaciones”, “convalidaciones” o similares. En ellas presuntamente se atribuían a los certificados expedidos por FASS y algunas de sus empresas colaboradoras una mayor validez frente a otras acciones formativas, así como también por la expedición de licencias de ámbito estrictamente deportivo para la actividad profesional de los socorristas.
Recientemente hemos tenido conocimiento de varias resoluciones administrativas y judiciales al respecto, parte de esa documentación puede consultarse en este enlace. También la Asamblea General de la Federación Española de Salvamento y Socorrismo (FESS) intentó el pasado año desintegrar a la FASS , lo que fue contestado por la FASS en un comunicado aludiendo (ver comunicado) a su paralización ante un proceso contencioso abierto. Finalmente, la FESS ha aprobado el pasado 27 de Marzo la desintegración de la FASS (ver noticia),
Vamos a hacer un intento de resumen de los puntos relevantes de todo este embrollo, que con todas las reservas, sería más o menos el siguiente, dada la complejidad del asunto y sus posibles repercusiones jurídicas:
– El presidente de FASS ha sido inhabilitado por un año.
– La Junta de Andalucía ha nombrado una Junta Gestora y FASS tiene que repetir todos los procesos electorales desde el año 2000.
– Esta Junta Gestora tiene también que hacer una auditoría económica. Según algunas informaciones, aunque no hemos podido confirmarlas, FASS presuntamente tendría una deuda superior a 500.000€.
– La FESS desintegra a la FASS, es decir la separa de su estructura, y asume la gestión deportiva en Andalucía, aunque al parecer, que por un proceso contencioso-administrativo esta acción está paralizada de momento.
– Tanto la Junta de Andalucía como el Defensor del Pueblo Andaluz han emitido resoluciones contra la FASS y otras empresas asociadas, por utilizar logotipos oficiales de forma fraudulenta en las acciones de formación, así como por información no veraz en la publicidad de los cursos, como indicar que tenían reconocimiento oficial o mayor validez.
No es el objetivo de esta entrada tratar los aspectos ni de organización interna, ni de la relación entre las Federaciones; ni tampoco los aspectos relativos a las actividades deportiva y de competición del Salvamento Deportivo, que son de competencia exclusivamente federativa, sino que queremos intentar analizar lo que puede suponer en particular todo este batiburrillo para el Socorrista Profesional que se formó con FASS o alguna de las empresas que tenían acuerdos de formación y para todos aquellos que tienen un certificado de formación como Socorrista Profesional avalado por FASS.
En definitiva, surgen preguntas como las siguientes:
– ¿Qué ocurre con los Certificados de formación como Socorrista Profesional avalados por la FASS?.
– ¿Tienen estos certificados validez y serán reconocidos para el ejercicio profesional?.
– ¿Tienen los afectados que hacer alguna acción para asegurar su ejercicio profesional con dichos certificados?.
Empecemos por decir que en Andalucía no existe una normativa que regule el ejercicio del Socorrismo Profesional, -como sí existe en Galicia, por ejemplo-, y tampoco un registro de profesionales sanitarios en el que hayan de registrarse, -como sí lo hay en Madrid- y que, en la práctica, se admite prácticamente cualquier certificado de formación no reglada.
Merece la pena detenernos en el contenido del comunicado de FASS publicado el 19/02/2016. En él se dice textualmente lo siguiente:
“Respecto a las formaciones relacionadas con el salvamento y socorrismo, SALVANDO SU CARÁCTER DE HABILITACIÓN VALIDA A EFECTOS LABORALES -E INDEPENDIENTEMENTE DE SU MAYOR O MENOR CALIDAD Y CONTENIDO EN FUNCIÓN DE LAS HORAS, MATERIAS Y EXPERIENCIA DEL PROFESORADO QUE LA IMPARTE, para que tengan carácter federativo OFICIAL EN EL ÁMBITO DE ANDALUCÍA tienen que estar canalizadas por la Federación Andaluza de Salvamento y Socorrismo, careciendo de validez FEDERATIVA OFICIAL EN EL ÁMBITO DE ANDALUCÍA aquellas formaciones de empresas privadas que haciendo uso de LA EXCLUSIVA Y ÚNICA APROBACIÓN BAJO EL ÚNICO logo EXCLUSIVO de la Federación Española no hayan homologado su formación DE ACUERDO A LOS CRITERIOS FORMATIVOS Y DEPORTIVOS DE la Federación Andaluza de Salvamento y Socorrismo en territorio Andaluz.”
Lamentablemente, este párrafo tiene una redacción que puede dar lugar todavía a una mayor confusión, pero cuando se lee con detenimiento, vemos que hay dos partes bien diferenciadas:
Por un lado, la segunda parte del comunicado (marcada en verde) indica que la formación no tiene validez en el ámbito federativo -aclaremos: exclusivamente en el ámbito deportivo y organizativo interno de la FASS o de su relación con el resto de las estructuras federativas-, salvo que dicha acción formativa estuviera homologada por la FASS o cumpla con sus criterios formativos, -insistimos, del ámbito deportivo-, por tanto, esto no debería afectar en manera alguna al ejercicio profesional del Socorrismo.
Por otro lado, las primeras líneas, que están marcadas en rojo, indican que los certificados sí tienen una habilitación válida para el ejercicio profesional. Es decir: si obtuviste la certificación de Socorrista Profesional y tu “diploma” lo ha expedido la FASS, podrás seguir trabajando como hasta ahora. Del mismo modo, si el certificado lo expidió directamente alguna de las empresas, en lugar de la FASS, tendrá exactamente la misma validez dentro del ámbito laboral, como formación no reglada.
Una vez más, recordar lo que el Consejo Superior de Deportes dijo ante una consulta al respecto: “Las personas que superen el curso de socorrista acuático de la Federación Andaluza de Salvamento y Socorrismo (FASS) obtendrán un Diploma y NO una titulación oficial y por tanto la validez y legalidad de dichas acciones se amparan en el ámbito del Derecho privado”. Tampoco está de más consultar esta página del CSD acerca de las homologaciones, convalidaciones, equivalencias y correspondencias.
Y volvemos a insistir: todas las certificaciones o diplomas de formación no reglada tienen la misma validez en el ámbito laboral, sea cual sea la entidad que los expida.
Ahora bien, hay un punto a destacar en la alusión que la FASS hace en su comunicado respecto a esta formación, cuando se refiere a “su mayor o menor calidad y contenido en función de las horas, materias y experiencia del profesorado que la imparte”.
Porque ese es precisamente el aspecto que debería de marcar la gran diferencia a la hora del ejercicio profesional. Porque desde ese mismo ámbito federativo se debería haber apostado por la calidad y ser en la referencia formativa del sector; mimbres de sobra tenían para ello.
Sin embargo, hace más de 20 años, fueron otras entidades las que dieron el salto y ahora ocupan esa posición de referencia; algunas en la gestión del Socorrismo como un negocio empresarial honesto que puede generar beneficios sin perder de vista los principios y protocolos por los que se rige nuestra actividad, -y aquí podríamos citar unas cuantas personas y empresas-; y otras en cuanto a la generación de contenidos técnicos y docentes, -y aquí también podríamos citar otras tantas, incluso federativas-. Lamentamos decir que, aparentemente, menos de las que serían deseables están en el ámbito federativo que, a pesar de lo que por su historia podría ser, dista mucho de ser la referencia técnica del sector mientras que entidades pequeñas y de ínfimos recursos como la Escuela Segoviana de Socorrismo, sí han contribuido a elevar de modo significativo el nivel profesional de sus contenidos formativos, técnicos o de prevención.
No en vano, en la Escuela Segoviana de Socorrismo llevamos ya muchos años (desde 1996) diciendo que lo primero que hay que mirar del diploma de Socorrismo es la parte de detrás y el programa de formación, dónde vienen reflejados los contenidos, horas reales de formación, el perfil del profesorado y el ámbito profesional para el que sirve la formación impartida.
En segundo lugar, como en cualquier puesto de trabajo, hay que evaluar los conocimientos y capacidades reales del Socorrista. Porque su capacitación y desempeño dependen no sólo de la calidad de la formación recibida, que es un factor importante, sino también del propio Socorrista, de cómo haya sido su interés por formarse adecuadamente, aprender de sus profesores y mantener sus conocimientos frescos y al día. Ya en 1998 la ESS publicó un estudio sobre el Perfil del Socorrista Profesional de Segovia que destacaba que el factor del interés personal era el que mostraba tener más peso en la calidad profesional del Socorrista.
Sin embargo, la cada vez mayor oferta de cursos «low-cost», a distancia, o totalmente «on-line», que lo que fomentan es poco más que el intercambio de dinero por un certificado, tiran por tierra cualquier interés que pueda tener un futuro Socorrista de trabajar duramente para formarse en condiciones. ¿Para qué hacerlo si es más cómodo y barato pagar y listo?.
Que la FASS haya estado, según parece, 15 años haciendo de su capa un sayo; que desde el ámbito federativo se siga mezclando insistentemente el deporte con la profesión; se sigan ofreciendo las «licencias» para ejercer la actividad profesional (aunque se ofrezcan lo que en realidad son cuotas de asociado, como «licencias profesionales» aliñadas con un seguro de responsabilidad civil, algo que ni es obligatorio ni parece necesario); que se siga promulgando la falsa mayor validez de unas u otras certificaciones; que se continúen ofreciendo «convalidaciones» y «homologaciones» de certificados de otras entidades, que en realidad son cursos de 25 ó 30 horas, que sin perjuicio de la formación que impartan, en la práctica suponen cambiar el certificado actual por otro certificado de validez similar al que ya se tenía (por cierto, con una tasa nada barata por cierto, entre 180 y 230€). En fin, nada de eso ayuda a clarificar el panorama.
Que tantas empresas privadas sigan ofreciendo formación que no cumple, por ejemplo, los requisitos exigidos por la normativa de la Comunidad de Madrid y que la respuesta de la administración que luego los valida se diga que no pueden hacer nada; que no haya ni siquiera una mínima labor inspectora que verifique los casos que se denuncian porque ya de entrada la propia publicidad del curso incumple de modo flagrante dicha normativa; que el Socorrismo siga sin una regulación que cubra todo el ámbito estatal y que las comunidades autonómicas vayan cada una por su lado, planteando un intrincado panorama de desigualdades y quebraderos de cabeza para Socorristas y empresas; que los convenios recorten los sueldos y se cuestione la necesidad del Socorrista o le asignen otras funciones… y podríamos seguir enumerando puntos… Todo eso no augura nada bueno ni para el Socorrismo como profesión, ni como sector laboral, ni como actividad técnica y docente y se refleja claramente en los cursos de formación. El alumnado de los Cursos de Socorrismo ha caído una media del 50% en los últimos cinco años, y eso como mínimo.
Es el momento de que este embrollo se aclare de una vez, y que cada vez más desde el sector se haga presión al respecto. Es el momento de exigir que el Socorrismo Profesional tenga un reflejo normativo que sea uniforme en toda España, contemplando las diferentes necesidades de los distintos entornos acuáticos y que el sistema de formación y contenidos y su evaluación esté regulado y se gestione de manera uniforme, (sin obviar la vía de la formación reglada a través de los módulos de formación profesional o los certificados de profesionalidad, que dan de sí para una entrada aparte).
Muchas veces hemos debatido, aunque sin coincidir en su idoneidad, acerca de un sistema similar al de las autoescuelas, en dónde el contenido de la formación está regulado, cuenta con varios niveles y dónde la evaluación y la certificación las lleva a cabo un sistema externo e independiente del formador. Con la perspectiva actual quizá no sea tan descabellado que se implemente un sistema parecido en Socorrismo Profesional.
La responsabilidad del Socorrista.
No queremos cerrar esta entrada sin apelar a los propios Socorristas. Son muchas las consultas que todos los años recibimos preguntando por éstos y otros aspectos y la mayoría son reiterativas. Sentimos decirlo, pero a veces nos preguntamos si es que los Socorristas somos tontos en el aspecto laboral. ¿Es que no sabemos buscar y leer el convenio que regula nuestra actividad y establece las tablas salariales, la jornada y otros aspectos cruciales que debemos conocer?. ¿Es que por el hecho de ser mayoritariamente una actividad temporal o estacional tenemos que soportar condiciones laborales que en cualquier otro sector similar (p.e. la hostelería) pondrían a los sindicatos en pie de guerra?. ¿Por qué caemos en la trampa de la «validez»; las «convalidaciones»; las licencias; o tragarnos sin más los: «este diploma aquí no vale»…?, etc., etc.
Socorrista Profesional: ¡No te dejes engañar por las medias verdades y las redacciones ambiguas!.
¡Infórmate!; ¡Pregunta!; ¡Consulta!; ¡Ve a Consumo!; ¡Exige!; ¡Denuncia, si es necesario!. ¡Pero no piques!.
Y sobre todo: no compres un papel, porque mañana puedes caer en la impericia, al no saber lo que por tu posición profesional deberías dominar, y estamos hablando de vidas. ¡Compra la mejor formación que puedas; la estás pagando y debes exigir que sea excelente!.
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