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lunes, 27 de marzo de 2017

A Federación revuelta.... Socorristas arrastrados

En los últimos meses hemos venido asistiendo a toda una serie de acontecimientos relacionados con la gestión y funcionamiento de las Federaciones Deportivas de Socorrismo, y particularmente de la Federación Andaluza de Salvamento y Socorrismo (FASS), que afectan tanto a los aspectos organizativos y de gestión, como a los deportivos y a la formación de Socorristas Profesionales. Asimismo, FASS se ha visto envuelta en varias reclamaciones judiciales promovidas por empresas privadas que alegaban diversas irregularidades y defectos graves en las informaciones y publicidad de los Cursos de formación de Socorrismo Profesional así como también respecto a los procesos de “homologaciones”, “convalidaciones” o similares. En ellas presuntamente se atribuían a los certificados expedidos por FASS y algunas de sus empresas colaboradoras una mayor validez frente a otras acciones formativas, así como también por la expedición de licencias de ámbito estrictamente deportivo para la actividad profesional de los socorristas.

Recientemente hemos tenido conocimiento de varias resoluciones administrativas y judiciales al respecto, parte de esa documentación puede consultarse en este enlace. También la Asamblea General de la Federación Española de Salvamento y Socorrismo (FESS) intentó el pasado año desintegrar a la FASS , lo que fue contestado por la FASS en un comunicado aludiendo (ver comunicado) a su paralización ante un proceso contencioso abierto. Finalmente, la FESS ha aprobado el pasado 27 de Marzo la desintegración de la FASS (ver noticia),

Vamos a hacer un intento de resumen de los puntos relevantes de todo este embrollo, que con todas las reservas, sería más o menos el siguiente, dada la complejidad del asunto y sus posibles repercusiones jurídicas:

– El presidente de FASS ha sido inhabilitado por un año.

– La Junta de Andalucía ha nombrado una Junta Gestora y FASS tiene que repetir todos los procesos electorales desde el año 2000.

– Esta Junta Gestora tiene también que hacer una auditoría económica. Según algunas informaciones, aunque no hemos podido confirmarlas, FASS presuntamente tendría una deuda superior a 500.000€.

– La FESS desintegra a la FASS, es decir la separa de su estructura, y asume la gestión deportiva en Andalucía, aunque al parecer, que por un proceso contencioso-administrativo esta acción está paralizada de momento.

– Tanto la Junta de Andalucía como el Defensor del Pueblo Andaluz han emitido resoluciones contra la FASS y otras empresas asociadas, por utilizar logotipos oficiales de forma fraudulenta en las acciones de formación, así como por información no veraz en la publicidad de los cursos, como indicar que tenían reconocimiento oficial o mayor validez.

 

No es el objetivo de esta entrada tratar los aspectos ni de organización interna, ni de la relación entre las Federaciones; ni tampoco los aspectos relativos a las actividades deportiva y de competición del Salvamento Deportivo, que son de competencia exclusivamente federativa, sino que queremos intentar analizar lo que puede suponer en particular todo este batiburrillo para el Socorrista Profesional que se formó con FASS o alguna de las empresas que tenían acuerdos de formación y para todos aquellos que tienen un certificado de formación como Socorrista Profesional avalado por FASS.

En definitiva, surgen preguntas como las siguientes:

– ¿Qué ocurre con los Certificados de formación como Socorrista Profesional avalados por la FASS?.

– ¿Tienen estos certificados validez y serán reconocidos para el ejercicio profesional?.

– ¿Tienen los afectados que hacer alguna acción para asegurar su ejercicio profesional con dichos certificados?.

 

Empecemos por decir que en Andalucía no existe una normativa que regule el ejercicio del Socorrismo Profesional, -como sí existe en Galicia, por ejemplo-, y tampoco un registro de profesionales sanitarios en el que hayan de registrarse, -como sí lo hay en Madrid- y que, en la práctica, se admite prácticamente cualquier certificado de formación no reglada.

Merece la pena detenernos en el contenido del comunicado de FASS publicado el 19/02/2016. En él se dice textualmente lo siguiente:

“Respecto a las formaciones relacionadas con el salvamento y socorrismo, SALVANDO SU CARÁCTER DE HABILITACIÓN VALIDA A EFECTOS LABORALES -E INDEPENDIENTEMENTE DE SU MAYOR O MENOR CALIDAD Y CONTENIDO EN FUNCIÓN DE LAS HORAS, MATERIAS Y EXPERIENCIA DEL PROFESORADO QUE LA IMPARTE, para que tengan carácter federativo OFICIAL EN EL ÁMBITO DE ANDALUCÍA tienen que estar canalizadas por la Federación Andaluza de Salvamento y Socorrismo, careciendo de validez FEDERATIVA OFICIAL EN EL ÁMBITO DE ANDALUCÍA aquellas formaciones de empresas privadas que haciendo uso de LA EXCLUSIVA Y ÚNICA APROBACIÓN BAJO EL ÚNICO logo EXCLUSIVO de la Federación Española no hayan homologado su formación DE ACUERDO A LOS CRITERIOS FORMATIVOS Y DEPORTIVOS DE la Federación Andaluza de Salvamento y Socorrismo en territorio Andaluz.”

Lamentablemente, este párrafo tiene una redacción que puede dar lugar todavía a una mayor confusión, pero cuando se lee con detenimiento, vemos que hay dos partes bien diferenciadas:

Por un lado, la segunda parte del comunicado (marcada en verde) indica que la formación no tiene validez en el ámbito federativo -aclaremos: exclusivamente en el ámbito deportivo y organizativo interno de la FASS o de su relación con el resto de las estructuras federativas-, salvo que dicha acción formativa estuviera homologada por la FASS o cumpla con sus criterios formativos, -insistimos, del ámbito deportivo-, por tanto, esto no debería afectar en manera alguna al ejercicio profesional del Socorrismo.

Por otro lado, las primeras líneas, que están marcadas en rojo, indican que los certificados sí tienen una habilitación válida para el ejercicio profesional. Es decir: si obtuviste la certificación de Socorrista Profesional y tu “diploma” lo ha expedido la FASS, podrás seguir trabajando como hasta ahora. Del mismo modo, si el certificado lo expidió directamente alguna de las empresas, en lugar de la FASS, tendrá exactamente la misma validez dentro del ámbito laboral, como formación no reglada.

Una vez más, recordar lo que el Consejo Superior de Deportes dijo ante una consulta al respecto: “Las personas que superen el curso de socorrista acuático de la Federación Andaluza de Salvamento y Socorrismo (FASS) obtendrán un Diploma y NO una titulación oficial y por tanto la validez y legalidad de dichas acciones se amparan en el ámbito del Derecho privado”. Tampoco está de más consultar esta página del CSD acerca de las homologaciones, convalidaciones, equivalencias y correspondencias.

Y volvemos a insistir: todas las certificaciones o diplomas de formación no reglada tienen la misma validez en el ámbito laboral, sea cual sea la entidad que los expida.

Ahora bien, hay un punto a destacar en la alusión que la FASS hace en su comunicado respecto a esta formación, cuando se refiere a “su mayor o menor calidad y contenido en función de las horas, materias y experiencia del profesorado que la imparte”.

Porque ese es precisamente el aspecto que debería de marcar la gran diferencia a la hora del ejercicio profesional. Porque desde ese mismo ámbito federativo se debería haber apostado por la calidad y ser en la referencia formativa del sector; mimbres de sobra tenían para ello.

Sin embargo, hace más de 20 años, fueron otras entidades las que dieron el salto y ahora ocupan esa posición de referencia; algunas en la gestión del Socorrismo como un negocio empresarial honesto que puede generar beneficios sin perder de vista los principios y protocolos por los que se rige nuestra actividad, -y aquí podríamos citar unas cuantas personas y empresas-; y otras en cuanto a la generación de contenidos técnicos y docentes, -y aquí también podríamos citar otras tantas, incluso federativas-. Lamentamos decir que, aparentemente, menos de las que serían deseables están en el ámbito federativo que, a pesar de lo que por su historia podría ser, dista mucho de ser la referencia técnica del sector mientras que entidades pequeñas y de ínfimos recursos como la Escuela Segoviana de Socorrismo, sí han contribuido a elevar de modo significativo el nivel profesional de sus contenidos formativos, técnicos o de prevención.

No en vano, en la Escuela Segoviana de Socorrismo llevamos ya muchos años (desde 1996) diciendo que lo primero que hay que mirar del diploma de Socorrismo es la parte de detrás y el programa de formación, dónde vienen reflejados los contenidos, horas reales de formación, el perfil del profesorado  y el ámbito profesional para el que sirve la formación impartida.

En segundo lugar, como en cualquier puesto de trabajo, hay que evaluar los conocimientos y capacidades reales del Socorrista. Porque su capacitación y desempeño dependen no sólo de la calidad de la formación recibida, que es un factor importante, sino también del propio Socorrista, de cómo haya sido su interés por formarse adecuadamente, aprender de sus profesores y mantener sus conocimientos frescos y al día. Ya en 1998 la ESS publicó un estudio sobre el Perfil del Socorrista Profesional de Segovia que destacaba que el factor del interés personal era el que mostraba tener más peso en la calidad profesional del Socorrista.

Sin embargo, la cada vez mayor oferta de cursos «low-cost», a distancia, o totalmente «on-line», que lo que fomentan es poco más que el intercambio de dinero por un certificado, tiran por tierra cualquier interés que pueda tener un futuro Socorrista de trabajar duramente para formarse en condiciones. ¿Para qué hacerlo si es más cómodo y barato pagar y listo?.

Que la FASS haya estado, según parece, 15 años haciendo de su capa un sayo; que desde el ámbito federativo se siga mezclando insistentemente el deporte con la profesión; se sigan ofreciendo las «licencias» para ejercer la actividad profesional (aunque se ofrezcan lo que en realidad son cuotas de asociado, como «licencias profesionales» aliñadas con un seguro de responsabilidad civil, algo que ni es obligatorio ni parece necesario); que se siga promulgando la falsa mayor validez de unas u otras certificaciones; que se continúen ofreciendo «convalidaciones» y «homologaciones» de certificados de otras entidades, que en realidad son cursos de 25 ó 30 horas, que sin perjuicio de la formación que impartan, en la práctica suponen cambiar el certificado actual por otro certificado de validez similar al que ya se tenía (por cierto, con una tasa nada barata por cierto, entre 180 y 230€). En fin, nada de eso ayuda a clarificar el panorama.

Que tantas empresas privadas sigan ofreciendo formación que no cumple, por ejemplo, los requisitos exigidos por la normativa de la Comunidad de Madrid y que la respuesta de la administración que luego los valida se diga que no pueden hacer nada; que no haya ni siquiera una mínima labor inspectora que verifique los casos que se denuncian porque ya de entrada la propia publicidad del curso incumple de modo flagrante dicha normativa; que el Socorrismo siga sin una regulación que cubra todo el ámbito estatal y que las comunidades autonómicas vayan cada una por su lado, planteando un intrincado panorama de desigualdades y quebraderos de cabeza para Socorristas y empresas; que los convenios recorten los sueldos y se cuestione la necesidad del Socorrista o le asignen otras funciones… y podríamos seguir enumerando puntos… Todo eso no augura nada bueno ni para el Socorrismo como profesión, ni como sector laboral, ni como actividad técnica y docente y se refleja claramente en los cursos de formación. El alumnado de los Cursos de Socorrismo ha caído una media del 50% en los últimos cinco años, y eso como mínimo.

Es el momento de que este embrollo se aclare de una vez, y que cada vez más desde el sector se haga presión al respecto. Es el momento de exigir que el Socorrismo Profesional tenga un reflejo normativo que sea uniforme en toda España, contemplando las diferentes necesidades de los distintos entornos acuáticos y que el sistema de formación y contenidos y su evaluación esté regulado y se gestione de manera uniforme, (sin obviar la vía de la formación reglada a través de los módulos de formación profesional o los certificados de profesionalidad, que dan de sí para una entrada aparte).

Muchas veces hemos debatido, aunque sin coincidir en su idoneidad, acerca de un sistema similar al de las autoescuelas, en dónde el contenido de la formación está regulado, cuenta con varios niveles y dónde la evaluación y la certificación las lleva a cabo un sistema externo e independiente del formador. Con la perspectiva actual quizá no sea tan descabellado que se implemente un sistema parecido en Socorrismo Profesional.

 

La responsabilidad del Socorrista.

 

No queremos cerrar esta entrada sin apelar a los propios Socorristas. Son muchas las consultas que todos los años recibimos preguntando por éstos y otros aspectos y la mayoría son reiterativas. Sentimos decirlo, pero a veces nos preguntamos si es que los Socorristas somos tontos en el aspecto laboral. ¿Es que no sabemos buscar y leer el convenio que regula nuestra actividad y establece las tablas salariales, la jornada y otros aspectos cruciales que debemos conocer?. ¿Es que por el hecho de ser mayoritariamente una actividad temporal o estacional tenemos que soportar condiciones laborales que en cualquier otro sector similar (p.e. la hostelería) pondrían a los sindicatos en pie de guerra?. ¿Por qué caemos en la trampa de la «validez»; las «convalidaciones»; las licencias; o tragarnos sin más los: «este diploma aquí no vale»…?, etc., etc.

Socorrista Profesional: ¡No te dejes engañar por las medias verdades y las redacciones ambiguas!.

¡Infórmate!; ¡Pregunta!; ¡Consulta!; ¡Ve a Consumo!; ¡Exige!; ¡Denuncia, si es necesario!. ¡Pero no piques!.

Y sobre todo: no compres un papel, porque mañana puedes caer en la impericia, al no saber lo que por tu posición profesional deberías dominar, y estamos hablando de vidas. ¡Compra la mejor formación que puedas; la estás pagando y debes exigir que sea excelente!.

viernes, 6 de diciembre de 2013

Posición de la EMS sobre la utilización del tablero espinal.

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Por su interés hemos traducido el Comunicado de la Asociación Nacional de Médicos de EMS (Emergency Medical Services) y Comité de Trauma del Colegio americano de Cirujanos, sobre las precauciones en el uso del tablero espinal largo.

RESUMEN

Esta es la posición oficial de la Asociación Nacional de Médicos de EMS (Emergency Medical Services) y Comité de Trauma del Colegio americano de Cirujanos, sobre las precauciones en el uso del tablero espinal largo (TEL).

Palabras Clave: columna vertebral. Tablero espinal, EMS, posición oficial, NAEMSP; ACS-COT.

Publicado en : PREHOSPITAL EMERGENCY CARE 2013;17:392–393

La Asociación Nacional de Médicos de EMS y Comité de Trauma del Colegio americano de Cirujanos creen que:

– El TEL es utilizado comúnmente por los servicios de emergencias médicas (EMS) para intentar proporcional una inmovilización espinal rígida. Sin embargo, sus beneficios están en gran parte sin probar.

– El TEL puede inducir dolor, agitación en el paciente y compromiso respiratorio. Además, puede disminuir la perfusión tisular en los puntos de presión, llevando al desarrollo de úlceras por presión.

– La utilización de TEL para la inmovilización espinal durante el transporte debe ser sopesado, de tal manera que los beneficios potenciales superen a los riesgos.

– Los pacientes apropiado para ser inmovilizados con un tablero espinal pueden incluir aquellos con:

  • – Traumatismos directos y alteración del nivel de consciencia.
  • – Dolor o sensibilidad espinal.
  • – Afección neurológica (p.e.: Entumecimiento o debilidad motora).
  • – Deformidad anatómica de la espina dorsal.
  • – Lesiones por mecanismo de alta energía y cualquiera de los siguientes:
  • – Intoxicación por alcohol o drogas.
  • – Incapacidad para comunicarse.
  • – Lesiones distractoras o dolorosas que enmascaran otras posibles lesiones.

– Los pacientes cuya inmovilización con un TEL no es necesaria, incluyen los siguientes:

  • – Nivel de consciencia normal (Escala de Coma de Glasgow (GCS) 15)
  • – Sin sensibilidad espinal ni anormalidad anatómica.
  • – Sin lesiones distractoras.
  • – Sin intoxicación.

– Los pacientes con heridas penetrantes en la cabeza, cuello o torso, sin evidencia de lesión espinal, no deben ser inmovilizados con un TEL:

– Se puede mantener la precaución frente a posibles lesiones espinales mediante al aplicación de un collarín cervical rígido y asegurando firmemente al paciente en la Camilla del EMS, y pueden ser más apropiados para:

  • – Pacientes que en el suceso se clasifican como ambulatorios.
  • – Pacientes que deben ser transportado por un tiempo prolongado, sobre todo antes de la transferencia entre unidades.
  • – Pacientes para los que un TEL no está indicado.

– Independientemente de si se utiliza o no un tablero, la atención a las debidas precauciones respecto a la columna vertebral entre los pacientes en riesgo es de suma importancia. Incluyen la aplicación de un collarín cervical, la fijación adecuada en la camilla, minimizar los movimientos y traslados, y el mantenimiento de la estabilización en línea durante cualquier movimiento o traslado que sean necesarios.

– La educación del personal de campo de EMS debe incluir la evaluación del riesgo de lesión medular en el contexto de las opciones para proporcionar las precauciones necesarias en caso de lesión espinal.

– En los protocolos o planes para promover un uso prudente de los tableros largos durante la atención prehospitalaria deben participar el mayor número posible de partes implicadas en el sistema de trauma y EMS.

– Los pacientes deben ser retirados del TEL tan pronto como sea posible en un servicio de urgencias.

Aprobado por el Comité de Directores de la National Association of EMS Physicians Board of Directors el 17 de Diciembre de 2012.

Aprobado por el American College of Surgeons Committee on Trauma el 30 de Octubre de 2012.

Recibido el 15 de Enero de 2013. Aceptado para publicación el 15 de Enero de 2013

Doi: 10.3109/10903127.2013.773115

Ver el Texto Original en Pfd

POSITION STATEMENT:

EMS SPINAL PRECAUTIONS AND THE USE OF THE LONG BACKBOARD

National Association of EMS Physicians and American College of Surgeons Committee on Trauma

ABSTRACT

This is the official position of the National Association of EMS Physicians and the American College of Surgeons Committee on Trauma regarding emergency medical services spinal precautions and the use of the long backboard.

Key words: spine; backboard; EMS; position statement; NAEMSP; ACS-COT.

PREHOSPITAL EMERGENCY CARE 2013;17:392–393

The National Association of EMS Physicians and the American College of Surgeons Committee on Trauma believe that:

– Long backboards are commonly used to attempt to provide rigid spinal immobilization among emergency medical services (EMS) trauma patients. However, the benefit of long backboards is largely unproven.

– The long backboard can induce pain, patient agitation, and respiratory compromise. Further, the backboard can decrease tissue perfusion at pressure points, leading to the development of pressure ulcers.

– Utilization of backboards for spinal immobilization during transport should be judicious, so that the potential benefits outweigh the risks.

– Appropriate patients to be immobilized with a backboard may include those with:

  • – Blunt trauma and altered level of
  • – Spinal pain or tenderness
  • – Neurologic complaint (e.g., numbness or motor weakness)
  • – Anatomic deformity of the spine
  • – High-energy mechanism of injury and any of the following:
  • – Drug or alcohol intoxication
  • – Inability to communicate
  • – Distracting injury

– Patients for whom immobilization on a backboard is not necessary include those with all of the following:

  • – Normal level of consciousness (Glasgow Coma Score [GCS] 15)
  • – No spine tenderness or anatomic abnormality
  • – No neurologic findings or complaints
  • – No distracting injury
  • – No intoxication

– Patients with penetrating trauma to the head, neck, or torso and no evidence of spinal injury should not be immobilized on a backboard.

– Spinal precautions can be maintained by application of a rigid cervical collar and securing the patient firmly to the EMS stretcher, and may be most appropriate for:

– Patients who are found to be ambulatory at the scene

– Patients who must be transported for a protracted time, particularly prior to interfacility transfer

– Patients for whom a backboard is not otherwise indicated

– Whether or not a backboard is used, attention to spinal precautions among at-risk patients is paramount. These include application of a cervical collar, adequate security to a stretcher, minimal movement/transfers, and maintenance of inline stabilization during any necessary movement/transfers.

– Education of field EMS personnel should include evaluation of the risk of spinal injury in the context of options to provide spinal precautions.

– Protocols or plans to promote judicious use of long backboards during prehospital care should engage as many stakeholders in the trauma/EMS system as possible.

– Patients should be removed from backboards as soon as practical in an emergency department.

Approved by the National Association of EMS Physicians Board of Directors December 17, 2012.

Approved by the American College of Surgeons Committee on Trauma October 30, 2012. Received January 15, 2013; accepted for publication January 15, 2013.

Doi: 10.3109/10903127.2013.773115

sábado, 5 de enero de 2013

Documentación "Jornadas Técnico-Profesionales de Salvamento Acuático y Socorrismo" 1997-2004

J2004RuedaPrensa
Al finalizar las Jornadas del 2004, en la Escuela Segoviana de Socorrismo reflexionamos acerca del resultado y nos dimos cuenta que las Jornadas habían cerrado un ciclo y que las acciones congresuales en el mundo del Socorrismo debían pasar a una nueva fase. Es poco conocido que fue la Escuela quien organizó en España el primer Congreso de Socorrismo en 1997, congreso que, hay que decirlo sin falsa modestia, supuso el despegue de los eventos congresuales del Socorrismo en España.
Nuestra intención era traer a los mejores profesionales para proporcionar a los Socorristas una visión nueva y eminentemente práctica de nuestra profesión. Por ello elegimos el formato de «Jornadas» antes que el de un Congreso académico. Aunque la dimensión de las siguientes Jornadas fueron creciendo edición a edición, siempre hemos mantenido la inspiración inicial: un lugar dónde compartir experiencias, conocimientos y contacto personal, ampliando el formato hasta convertirlo en un Congreso sin perder de vista nuestros objetivos. Ya en la edición de 2004 vimos que era necesario revisarlas porque los tiempos -y las personas- también han cambiado y el Congreso Gallego de 2005 nos reforzó en esa opinión, creemos que compartida por parte de los asistentes.
Es cierto que existe un importante hueco para la realización de un Congreso tal y como entendemos esta definición, pero también sabemos, por propia experiencia que para organizarlo se necesita un importante apoyo organizativo y fundamentalmente, un respaldo económico del que la ESS carece. Por otro lado, y por respeto a nuestros Asociados, no podemos permitirnos que este esfuerzo haya supuesto hipotecar las actividades de la ESS durante 2004 y 2005, obligándonos a trabajar bajo mínimos. Las circunstancias personales y profesionales también son importantes y a pesar de la entrega y compromiso de la Junta Directiva durante los 10 últimos años, hay límites que no se deben traspasar y por ello, fuimos conscientes que organizar unas Jornadas para 2006 era misión poco menos que imposible y que debíamos centrar nuestros esfuerzos en empresas más realizables y al alcance de nuestras posibilidades.
Durante su andadura, tanto la ESS como sus integrantes, se han ganado un merecido respeto y prestigio dentro del Socorrismo nacional, y han sido muchas las personas que en los últimos meses, por correo electrónico, por teléfono, y en persona nos han preguntado e incluso enviado trabajos para participar en nuevas ediciones. A todos ellos agracederles su confianza y amistad y pedirles que compartan al tiempo nuestra tristeza y alegría por haber podido llevar a cabo con su ayuda 6 Jornadas que serán inolvidables para todos.
Nos pareció que era el momento en que nuestro esfuerzo durante 10 años, se tradujese en apoyo y cooperación recíproca y que el acuerdo de cooperación al que se llegó en las Jornadas de 2004 se pusiera verdaderamente en marcha con el apoyo de todos y se realice una renovación seria y profesional de los movimientos Congresuales. Es hora de que todas las organizaciones cooperemos y pongamos en común nuestros recursos y esfuerzos para lograr un Congreso que sea de todos y para todos y que se rija por criterios compartidos por todos basados en la realidad de nuestra profesión, formación, docencia, empresas y personas que intervenimos día a día en la creación de nuestro Sector.
En este sentido la situación no es ni mucho menos halagüeña y (el ejemplo de la Comunidad de Madríd, así lo indica), de no cambiarla, estamos abocados a que las distintas Administraciones dicten las reglas, en lugar de ser nosotros quienes llevemos la voz cantante. Como ya se puso de manifiesto en Burela, las organizaciones estamos pecando de mirarnos el ombligo en lugar de sentarnos a estudiar las circunstancias, analizar la realidad del Socorrismo, escuchar a los Socorristas de a pie y establecer vías de colaboración con otras organizaciones.
Sin ánimo de dar lecciones a nadie, es lo que en la ESCUELA SEGOVIANA DE SOCORRISMO y AETSAS llevamos haciendo desde 1997, estableciendo rutas de colaboración que nos han permitido hacer muchas iniciativas que no hubiéramos podido abordar por separado. Compartir recursos docentes, unificar criterios de formación y organizar cursos, Seminarios y reuniones conjuntas para ambas organizaciones, abiertas, además al resto de los interesados se ha revelado como la mejor manera de rentabilizar recursos y al tiempo avanzar en la unificación y profesionalización del Socorrismo.
De igual modo, la Escuela Segoviana de Socorrismo ha participado en numerosos eventos relacionados con el Socorrismo, Protección Civil, etc, aportando su experiencia, recursos y conocimientos a el proyecto común en el que creemos e intentamos difundir. Esperamos que se nos unan muchos más.
 

Documentación de las Jornadas en formato PDF.

La utilización de estos documentos está sometida a estas Normas de Uso y su utilización es libre siempre que no se realice con fines comerciales o de lucro y se cite expresamente su origen.

Jornadas 1997 – I Congreso Jornadas Técnicas celebradas en Segovia Junio de 1997: Documentación Jornadas 1997

 

Jornadas 1998 – II Congreso Nacional celebrado en Segovia Mayo de 1998: Documentación Jornadas 1998

 

Jornadas 1999 – III Congreso Nacional celebrado en Segovia Mayo de 1999: Documentación Jornadas 1999

Jornadas 2000Jornadas 2000 – IV Congreso Nacional celebrado en Segovia Mayo de 2000: Documentación Jornadas 2000

VJornadas2002_Página_1Jornadas 2002 – V Congreso Nacional celebrado en Segovia Mayo de 2002: Documentación Jornadas 2002

VIESSCongressJornadas 2004 – VI Congreso Internacional celebrado en Segovia Mayo de 2004: Documentación Jornadas 2004

Acuerdo de colaboración de las Jornadas 2004 suscrito entre varias Entidades.

Acuerdo Segovia

Cursos de Socorrismo, 2026

Cursos Abiertos Ya está abierto el plazo de preinscripción para los  Cursos de Socorrismo,  con los que obtendrás la certificación que te pe...